Violencia sexual, corrupción de menores, pedofilia… y la ESI ¿Dónde está?
No es la primera vez que, desde este espacio, se busca clarificar conceptos que reproducen los medios de comunicación, muchas veces por costumbre y otras por falta de información. Los mediáticos casos que saltaron a la luz en las últimas horas y que involucran a personas famosas, demuestran, una vez más la falta de Educación Sexual Integral (ESI) que tienen profesionales de la comunicación y de las áreas de salud. Desde esta columna no se busca seguir tirando leña al fuego acerca de los acontecimientos tipificados como delitos en la justicia, sino seguir insistiendo en la importancia de visibilizar la necesidad de ESI que existe en varias esferas de la sociedad en la cual vivimos.
La Guía Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes publicada por el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) en noviembre de 2016 define al abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes como “una de las peores formas de violencia contra la niñez y adolescencia” haciendo referencia específica a que se está hablando de violencia o agresión sexual. Es a partir de este concepto que, en la Guía práctica y urgente para evitar la violencia simbólica en áreas de prensa y medios de comunicación, la periodista y editora de Diario Digital Femenino, explica que el término correcto para hablar públicamente sobre estos temas es decir “Violencia o agresión sexual contra la niñez o contra la niñez y adolescencia”. Esta recomendación ayuda a interpretar se está en presencia de algún tipo de actividad sexual que afecta la dignidad e integridad sexual de niñas, niños y adolescentes dado que, el término abuso, “hace referencia al uso en exceso de algo que se estaba autorizado a hacer o utilizar”. Referirse solo a lo infantil, hace que se invisibilice al adulto violento y que se tomen como un delito menor las agresiones entre pares.
En la Guía de UNICEF previamente citada, se deja bien claro que el abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes (NNyA) “es una de las peores formas de violencia” previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 647 y un delito sancionado penalmente por el Código Penal de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133), dado que, quienes lo padecen “sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral” al dañarse “su derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos”, todos derechos protegidos a nivel internacional por la Convención sobre los Derechos del Niño.
La corrupción de menores también es un delito. Según lo estipulado en el Código Penal, la corrupción de menores es pervertir o seducir a personas menores de 18 años porque se trata de actos que alteran el desarrollo normal de la sexualidad que afecten su integridad sexual y el normal desarrollo de su sexualidad, sin importar si ese/a NNyA dio su consentimiento. Este delito incluye técnicas vinculadas al engaño, la violencia, la amenaza, el abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, según se describe en el Artículo 125. En Argentina también están penadas la difusión de imágenes y espectáculos pornográficos de menores, así como facilitar el acceso a material pornográfico a menores de 14 años y las exhibiciones obscenas que involucren NNyA, así como también el grooming o ciberacoso sexual infantil, o sea, por medio de comunicaciones electrónicas, realizadas a través de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTIC).
El último de los términos que, en relación a este tema ocupó titulares en los medios de comunicación es la pedofilia. Según el Manual MSD la pedofilia es un trastorno psiquiátrico porque “es una forma de parafilia (formas atípicas o inusuales de experimentar el deseo sexual). Como causa daño a terceros se considera un trastorno”. En su cuenta de Instagram, el Dr. Enrique Stola explica que la pedofilia “NO es una orientación sexual, como tampoco lo es una de sus modalidades, el incesto-paterno-filial. Gozar sometiendo sexualmente otro cuerpo, pequeño o adulte, NUNCA es una orientación sexual”. Agrega también que “Nunca es una “calentura momentánea” ni un “tema que pertenece a la vida privada” porque todo tipo de agresión sexual es un delito”. El médico psiquiatra, especialista en temas de género y violencias, perteneciente a la Red de Psiquiatras Feministas, insiste en la necesidad de creerle a niñas, niños y adolescentes y de exigir ESI.
Pero… como dice el título de esta columna de hoy… “Y la ESI ¿dónde está?” La ESI es la herramienta fundamental que existe para prevenir todo tipo de violencias contra niñeces y adolescencias, sobre todo a partir de alguno de estos temas:
· Trabajar la importancia sobre el cuidado del cuerpo y la salud para que puedan decir NO ante situaciones no deseadas.
· Explicar que el consentimiento es un derecho: Dar consentimiento a la hora de realizar prácticas sexuales permite establecer límites, elegir qué hacer y con quien/es sin coerción, violencia o sometimiento.
· Valorar la autoestima dado que las personas adultas violentas se aprovechan de la vulnerabilidad y de la falta de afecto de sus víctimas.
- Escucharles, creer en su palabra y detectar situaciones que llamen la atención como autolesiones o cambio de hábitos.
- Profundizar el contenido de las leyes que defienden sus derechos como la Ley 25.673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; la Ley 23.849, de Ratificación de la Convención de los Derechos del Niño; la Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley 26150 de creación del Programa de Educación Sexual Integral.
No solo en las escuelas la ESI debe ser esa herramienta fundamental. También en los hogares, los centros de atención médica, los juzgados y los medios de comunicación, es necesario y urgente que estos temas sean abordados como se debe.